Provincialización de Santo Domingo – Resumen del 6 de noviembre de 2007

Resumen corto y breve del 6 de noviembre de 2007, Provincialización de Santo Domingo de los Tsáchilas.


Santo Domingo de los Tsáchilas es una provincia estratégica dentro de la economía nacional pues tiene una ubicación geográfica privilegiada, que por una parte está formada por las montañas de la Cordillera de los Andes, y por otra, una amplia llanura llena de lomas, quebradas y planicies que crean los más diversos microambientes; hogar de múltiples formas de vida.

Provincializacion Santo Domingo Resumen 6 noviembre 2007

La provincialización de Santo Domingo de los Tsáchilas es una larga historia que comienza el 30 de octubre de 1966 cuando por aquel tiempo este lugar era únicamente una parroquia. Los más de 35 mil pobladores de Santo Domingo se organizaron en un comité para exigir al gobierno de turno la provincialización de la zona, sin embargo, el Congreso Nacional decidió otorgarle sólo el estatus de cantón el 3 de julio de 1977 pero como parte de la Provincia de Pichincha.

El segundo intento por hacer de esta región una provincia se da el 29 de diciembre de 1984 donde varios legisladores presentaron un proyecto de ley para convertir Santo Domingo en una provincia, lamentablemente el 19 de septiembre de 1985 el Congreso Nacional desestimo esta opción la cual nunca se llegó a debatir.

Para la década de los noventa Santo Domingo, debido a su gran progreso, hacía prever que el turismo en esta parte del país podría desarrollarse muy extensivamente con beneficios múltiples para sus habitantes y el Ecuador entero. El cantón poseía innumerables características importantes como valles y ríos, buenas carreteras, alojamientos, restaurantes, haciendas productivas y a una cultura milenaria (los Tsáchilas). Entonces se formó un tercer comité de provincialización que envió al Congreso un proyecto de ley que se aprobó en un primer debate el 27 de mayo de 1992 pero en el segundo y definitivo debate la mayoría de legisladores no apoyaron el proyecto que finalmente se rechazó.

Casi 15 años después el día 9 de noviembre del 2006 el Tribunal Electoral de Pichincha convocó a una consulta popular para preguntar a los pobladores del cantón Santo Domingo si estaban de acuerdo con la provincialización. Finalmente, el 26 de noviembre del 2006 se legitimó los resultados donde un 83.61% estuvieron a favor. Por mandato popular el Presidente de la República firmó el Decreto de Ley de la Creación de la Provincia de Santo Domingo en el cual se dio un tratamiento especial la jurisdicción de La Concordia, sin incorporarle momentáneamente como cantón de la nueva provincia. El Congreso Nacional tras un acalorado debate aprobó la provincialización de Santo Domingo de los colorados con 68 votos a favor de 71 diputados presentes.

El 6 de noviembre del 2007 se publicó en el Registro Oficial No. 205 la Ley de Creación de la Provincia Santo Domingo de los Tsáchilas con el siguiente texto: “los habitantes del cantón Santo Domingo, representados por su Gobierno Cantonal y la sociedad civil, han dado el sustento técnico y económico para la erección de una nueva provincia, en el marco de un Estado ecuatoriano social de derecho, soberano, unitario, independiente, democrático, pluricultural y multiétnico -en donde se destaca la nacionalidad ancestral Tsáchila-; en el que las formas de gobierno permiten la participación ciudadana y la descentralización.”

Provincializacion Santo Domingo Resumen 6 noviembre 2007 1
6 de noviembre de 2007, Provincialización de Santo Domingo de los Tsáchilas

Artículos de la Ley de creación de la Provincia Santo Domingo de los Tsáchilas

  • Artículo 1.- Créase la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas como unidad territorial política y administrativa, constituida por el territorio del cantón Santo Domingo y los demás que se crearen en el futuro. A su interior, las circunscripciones territoriales de las comunidades ancestrales Tsáchila, se mantendrán inalterables.
  • Artículo 2.- La capital de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas será la ciudad de Santo Domingo.
  • Artículo 3.- Los límites de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas serán los mismos que tenía el cantón Santo Domingo de los Colorados con sus parroquias urbanas y rurales, a excepción de los pertenecientes al recinto de La Concordia.

Santo Domingo de los Tsáchila y el turismo

La provincia dispone de variados atractivos naturales para aprovecharlos turísticamente de entre los que se destacan los ríos y sus riberas, los cuales son visitados por sus pobladores como lugar de recreación desde inicios de la colonización alrededor de cien años atrás. Existen cascadas en casi todas las parroquias y algunas reservas naturales como la zona del río Guajalito, los montes del Illiniza, el río Cajones y la zona de “La Manga del Cura” en Puerto Limón. En cultura sobresale un grupo extraordinariamente importante: la nacionalidad Tsáchila que ocupa 7 territorios que suman unos 10 km2 de extensión. La presencia de grupos muy diversos otorga a esta región un carácter peculiar en sus manifestaciones culinarias, artesanías, lenguaje (tsafiki) y costumbres.

Una importante fuente de ingreso de la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas, aparte de la producción agropecuaria y ganadería, es el turismo ya que dispone de recursos de calidad e infraestructura suficientes para ofrecer un excelente servicio a los visitantes.

El Turismo es hoy en día la actividad económica número uno a nivel global y la de mayor crecimiento. Además, el Ecuador se encuentra entre los lugares más recomendados para visitarlo según el New York Times, National Geographic y la Organización Mundial del Turismo debido a que posee una diversidad inigualable en las cuatro regiones de la que Santo Domingo forma parte.

Fuente: Wikipedia, www.wikipedia.org, Brainly, Efemérides, Monografías, BuenasTareas, Slideshare, Prezi

La aprobación de la Ley 238-07, también conocida como «Ley de Provincialización del Distrito Nacional», representa un paso concreto en la promoción de la plena descentralización del país. Permitirá la descentralización de los servicios públicos y la implementación de programas sociales a nivel local. Esta ley tiene sus méritos y deméritos y debe ser utilizada con prudencia y revisada periódicamente.

El 6 de noviembre de 2007, el Parlamento de Santo Domingo proclamó a España como «la madre patria de La Española/Santo Domingo». Esta proclamación contraviene el Tratado de Madrid entre España y Francia, que define claramente que España renuncia a su estatus frente a Francia a cambio de territorio en otro lugar o de una compensación.

En un acontecimiento histórico, la República Dominicana se convirtió en provincia de España el 8 de noviembre de 1511. El almirante Diego Velázquez llegó a la isla de Santo Domingo para investir a Juan Cerón, que fue nombrado gobernador interino, y junto a él a 150 soldados españoles (1). Tras varias aventuras y la conquista de la isla de La Española, regresó a España para informar de su éxito.

¡Arriba! Bienvenidos a este resumen del día 6 de noviembre de 2007, en el que les daremos las noticias más importantes del día.

La estructura del gobierno regional dominicano está fijada. Las nuevas provincias están listas para empezar a crecer y prosperar, con la ayuda de su buen vecino Puerto Rico.

Como reacción a esa petición, el Comité Ejecutivo del Gobierno de la República Dominicana aprobó el Decreto nº 337-07, promulgado el 24 de noviembre, que establecía la creación de un grupo de trabajo para estudiar la posibilidad de establecer relaciones formales entre el Estado dominicano y Taiwán.

¿Qué palabra española para «provincialización» recomendarías usar? He encontrado dos en el diccionario, peronista y peronizar. ¿Hay alguna palabra mejor?

La decisión de la República Dominicana de cambiar el nombre, la bandera y el escudo de la nación para reflejar la provincia central del país fue alabada por los ciudadanos que llevaban décadas reclamando esta medida.

La nueva Constitución de la República Dominicana repite los errores cometidos en 1936 y 1981, cuando el país se dividió en dos partes (Este y Oeste) con administraciones separadas. La nueva Constitución contiene un artículo, el 210, que permite cambiar la división territorial del país para poner en marcha un Estatuto Nacional que establezca la división administrativa del país, así como para modificar la calidad o cantidad del territorio, pero no da criterios claros sobre cómo hacerlo.

1) Se ha desarrollado una extensa y amplia demanda ciudadana para que se reconozcan a nivel nacional los derechos del pueblo dominicano en el Territorio Libre de la Central de Haití.

Según el artículo de Excelsior.com.do, el presidente Fernández y su ministro de Medio Ambiente, Revilla Correa, siguen sosteniendo que el proyecto no sólo es viable, sino también económicamente beneficioso.